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viernes, 29 de diciembre de 2017

La nieta 127 nació en la ESMA

la retaguardia

Es la hija de Carlos Simón Poblete y María del Carmen Moyano. Nació en junio de 1977 en la maternidad clandestina del centro de torturas y exterminio más emblemático del genocidio. Por su caso la fiscalía y las querellas acusaron en el tramo de la megacausa que terminó hace semanas. También hubo condenados en el juicio "Plan Sistemático". La mujer no tiene abuelos/as, pero sí tíos y tías. Aquí las historias de sus padres. (Por Fernando Tebele para La Retaguardia)

Los testimonios

Una de las personas por las que sabemos que la niña nació allí es Sara Solarz de Osatinsky. En una declaración realizada ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en Ginebra, durante febrero de 1983, la sobreviviente dijo: "en junio de 1977, María del Carmen Moyano de Poblete siente las primeras contracciones y es descendida al sótano del campo de concentración de la E.S.M.A. donde se encontraban tanto las salas de tortura como la enfermería. Ya en la enfermería María del Carmen se ve enfrentada a tener su hijo en presencia de profesionales asistentes del campo de concentración, el Dr. Magnacco, médico ginecólogo del Hospital Naval de Buenos Aires, el Dr. Martínez, médico de piel del mismo hospital y un enfermero del que desconocemos su nombre. Esto produce en ella un choque tan violento que pide a gritos la presencia de una compañera. Es en ese momento y ante la imposibilidad de María del Carmen de dar a luz que los militares acceden a su petición (…) fui conducida engrillada a ayudar a María del Carmen. Ella no aguantaba el ruido de mis cadenas cuando me desplazaba en torno a ella; comienza entonces a suplicar que me las quiten, cosa que le fue negada”.

El Tula Poblete y Pichona Moyano eran militantes de Montoneros. Según informa Abuelas en su página, aún como un caso sin resolver, con la fotos de sus padres y el recuadro con la foto de la nieta recuperada aún en blanco, "María del Carmen nació el 9 de mayo de 1954 en la ciudad de Mendoza. Su familia la llamaba "La Gorda". Carlos nació en la ciudad de San Juan el 2 de noviembre de 1944. Ambos militaban en la organización Montoneros. Sus compañeros la llamaban "Pichona" y a él "Tula" o "Guillermo". La pareja fue secuestrada entre abril y mayo de 1977 en la ciudad de Córdoba. La joven estaba embarazada de ocho o nueve meses. Por testimonios de sobrevivientes pudo saberse que ambos permanecieron detenidos en el CCD "La Perla" de Córdoba y luego fueron trasladados a la ESMA. En dicho CCD, a fines de junio de 1977, María del Carmen dio a luz una niña atendida por el médico militar del Hospital Naval, Jorge Luis Magnacco".

Los padres

En el tercer tramo de la megacausa, el Ministerio Público Fiscal a cargo de Mercedes Soiza Reilly y Guillermo Friele, reconstruyó lo sucedido a través de testimonios de sobrevivientes. Poblete era el caso 842, Moyano el el 268 y la hija que hoy recuperó su identidad fue el 308.
"María del Carmen Moyano, apodada “Pichona”, estudiante de bioquímica y farmacia, militaba en la agrupación política peronista “Montoneros” y prestaba colaboración en el barrio de San Martín, de la provincia de Mendoza. María del Carmen estaba en pareja con Carlos Simón Poblete, también militante de Juventud Peronista en el Centro de Estudiantes de Ingeniería de la Universidad Nacional de San Juan.

Soiza Reilly, en su alegató que duró más de seis meses, dijo sobre ellos: "Se ha acreditado que María del Carmen Moyano de Poblete fue privada ilegítimamente de su libertad con violencia y amenazas y sin las formalidades prescriptas por la ley, en el mes de abril de 1977, junto con su pareja Carlos Simón Poblete, en la Provincia de Córdoba, en un operativo efectuado por personal de las fuerzas de seguridad, perteneciente al Tercer Cuerpo del Ejército. Al momento de su detención, la víctima cursaba un embarazo de siete meses. María del Carmen habría permanecido detenida en el centro clandestino de detención denominado 'La Perla', ubicado en dicha provincia. Luego de una semana, fue trasladada al centro de exterminio y torturas que funcionó en el interior de la Escuela de Mecánica de la Armada. Allí fue atormentada y sometida a las condiciones inhumanas de detención existentes en dicho lugar, ya que estuvo alojada en el cuarto de las embarazadas esposada, con grilletes en los pies, con escasa alimentación y con una grave restricción para responder adecuadamente a sus necesidades fisiológicas. Este cuadro de situación se vio agravado, en primer lugar, por el estado de gravidez en que se encontraba al momento de ser secuestrada; en segundo lugar, por haber dado a luz dentro del CCD; y, en tercer lugar, por haber sido separada violentamente de su hija recién nacida. Su hija, aún no identificada, nació en la ESMA, en el mes de junio de 1977, con la asistencia de los médicos Magnacco y Martínez Pizarro. Una semana después del alumbramiento, María del Carmen fue sacada de la ESMA, sin su hija. Aún permanece desaparecida". Cabe acotar que Magnacco recibió 14 años de prisión como condena en el juicio. Luego del juicio pidió acceder al beneficio de la libertad condicional, que le fue concedida, por lo que podríamos cruzarlo portando su tobillera electrónica, que controla sus movimientos, pero no sus acciones y pensamientos oscuros de genocida.

Acerca del padre de la joven que recuperó su identidad, el Ministerio Público Fiscal dijo: "su pareja Carlos Simón Poblete, como ya señalamos, fue privado ilegítimamente de su libertad el mes de abril de 1977 en la Ciudad de Córdoba junto a su mujer María del Carmen Moyano, y fue trasladado al centro de exterminio y torturas que funcionó en el interior de la ESMA. La víctima fue alojada, en un primer momento, en el sótano del lugar donde se lo torturó físicamente y se lo interrogó en forma conjunta y simultánea sobre las actividades políticas que desarrollaba en ese momento. Durante la mayor parte de su cautiverio fue sometido a tormentos y a las inhumanas condiciones de detención relativas a la falta de alimentación, higiene, etc. que ya han sido verificadas en este centro de exterminio y que ya son por todos conocidas. Este cuadro de situación se vio agravado en el caso de Poblete, en primer lugar, por saber que en aquel centro se encontraba su esposa, María del Carmen, que se encontraba embarazada al momento de ser secuestrada; en segundo lugar, por saber que su hija nació en aquel CCD; y, en tercer lugar, por haber sido separado violentamente de su esposa y su hija recién nacida. Carlos Simón Poblete también permanece desaparecido".

La apropiación

Acerca del nacimiento en la maternidad clandestina, Soiza Reilly alegó: "Por su parte, se ha acreditado en debida forma que, la hija de María del Carmen Moyano y Carlos Simón Poblete, nació aproximadamente en el mes de junio del año 1977 en instalaciones de la E.S.M.A. donde sus padres se encontraban cautivos. La niña, fue arrancada de los brazos de sus padres aproximadamente a los ocho días de nacida, siendo sustraída, retenida y ocultada de la custodia de sus progenitores, no siendo entregada a sus familiares biológicos. Aún la niña no fue recuperada", decía en aquel momento la fiscalía, aún con la esperanza que hoy se pone en palabras, gestos, abrazos y rostros que pueden verse y tocarse.

Por su caso, habían sido condenados Jorge Acosa, Antonio Vañek y Reynaldo Bignone. Fue durante el juicio conocido como "Plan Sistemático", en el que se probó el robo de bebés como conducta durante el genocidio. Ese fallo ya está firme en segunda instancia.
Lo que está más firme que nunca, en un día como el de hoy, es que la sociedad sigue buscando, ya sea desde organizaciones como Abuelas de Plaza de Mayo, como a través de los propios nietos y nietas que buscan quitarse las dudas que suelen tener.
Mientras el gobierno, de la mano de la justicia, va abriendo las puertas de las cárceles para los genocidas, la lucha por Memoria, Verdad y Justicia sigue su camino. A pesar de ellos.

domingo, 10 de enero de 2016

La Justicia del “cambio”: genocidas liberados y Ernestina de Noble sobreseída

Rosa D´Alesio -Alejandrina Barry
Hija de desaparecidos | CeProDH | @alebarryceprodh

Diez represores de la dictadura liberados por los jueces y la directora del Grupo Clarín “libre de culpa y cargo” en la causa por apropiación de sus hijos son el “saldo” en materia de derechos humanos en menos de un mes de gobierno de Mauricio Macri.
 
En menos de un mes de gobierno de Mauricio Macri, una decena de represores procesados y condenados en diferentes causas por delitos de lesa humanidad fueron liberados, mientras que la jueza Sandra Arroyo Salgado sobreseyó a la directora del monopolio de Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble, en la causa en la que había sido denunciada por la apropiación de hijos de desaparecidos durante la dictadura militar.

Noble, Magnetto y los nietos

La jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado “entendió” que en la causa, iniciada en 2001, no había pruebas sobre los hechos por los cuáles fue “investigada” la dueña del Grupo Clarín. Para la magistrada, “en atención al resultado negativo que arrojó el peritaje de ADN a los fines de establecer vínculo biológico con los grupos familiares de personas desaparecidas durante la última dictadura militar que integran el Archivo Nacional de Datos Genéticos, no existe motivo bastante de sospecha”.

Vale recordar que la causa fue iniciada por las Abuelas de Plaza de Mayo hace 15 años y que tanto los hijos adoptivos de la empresaria como todo su entorno trataron de impedir que se les extrajera muestras de ADN. Arroyo Salgado, quien en 2010 se hizo cargo de la causa, puso en duda la correcta extracción y conservación de la sangre y saliva. En base a eso ordenó que la policía siguiese a los jóvenes al salir del Juzgado.

Ayer la jueza de San isidro, además de sobreseer a la directora del Grupo Clarín, rechazó un pedido del fiscal Fernando Domínguez para una nueva declaración indagatoria a Herrera de Noble, y resolvió “sobreseer a Ernestina Laura Herrera de Noble en la presenta causa, en orden a los hechos por los que fuera indagada, dejándose constancia que la formación del presente no afecta el buen nombre y honor”.

A menos de un mes del nuevo gobierno

La justicia en poco menos de un mes de asumir Mauricio Macri, intenta avanzar en la impunidad para genocidas militares y civiles.

Apenas asumió el líder de Cambiemos, El diario La Nación publicó un editorial que cuestionó los juicios y pidió acabar con ellos, generando un amplio repudió y obligando a Mauricio Macri a decir que se debía dejar actuar a la Justicia.

Evidentemente Macri confiaba en que gran parte de esta “Justicia” se opondría a continuar con los juicios, por los que el pueblo trabajador y las organizaciones de derechos humanos han luchado todos estos años.

Son parte de esa Justicia que ha obstaculizado el proceso por encarcelar a los genocidas y ha mantenido paralizadas causas o dictado sobreseimientos a los civiles responsables del golpe militar y de la desaparición de personas, la que hoy se siente fortalecida porque sabe que cuenta con todo el apoyo del gobierno nacional para continuar en este sentido.

El sobreseimiento a Ernestina Herrrera de Noble es un pronunciamiento político contundente. Con él se pretende decir que los empresarios que fueron parte del genocidio, que lo idearon, lo dirigieron o se enriquecieron con sus consecuencias (como la misma familia Macri y muchos otros que hoy están con el gobierno) tendrán la impunidad asegurada, a pesar de las causas abiertas por las pruebas que durante 40 años fueron aportando sobrevivientes, familiares, y referentes de organismos de derechos humanos.

Para los militares también

El sobreseimiento de Herrera de Noble se suma a la liberación de diez represores imputados en causas de lesa humanidad que en la última semana ordenó la Justicia.
En Entre Ríos, se dejó libres a tres represores que fueron condenados en la causa conocida como Área Paraná. Y en La Pampa siete militares que fueron imputados en la causa Subzona 14 II, fueron también liberados.

En el caso de Entre Ríos, se trata de genocidas que fueron hallados culpables por delitos de lesa humanidad contra 52 personas, entre ellas, cinco personas desaparecidas. Sin embargo ante semejantes crímenes las condenas fueron muy inferiores a las pedidas por las querellas y la fiscalía. Solo el ex marino Cosme Demonte fue sentenciado a prisión perpetua, mientras que el represor Jorge Appiani fue condenado a 18 años; José Appelhans, a 14; Hugo Moyano, a 8; Alberto Rivas y Rosa Bidinost, a 6; y Oscar Obaid, a 3 años. La sentencia será recurrida tanto por las querellas como por el Ministerio Público Fiscal ante la Cámara de Apelaciones de Paraná. El juez consideró que los que recibieron las penas más leves, Rivas, Bidinost y Obaid, tenían “cumplidas” sus condenas. Y así ordenó su libertad.

Desde el Ministerio Público informaron que como Appelhans, Appiani, Bidinost, Demonte, Moyano y Rivas están también detenidos y procesados en otra causa, la N° 12.810 "Appiani", consideran que por el momento deberían continuar detenidos.

En el caso de La Pampa, los represores están procesados por más de 300 casos de secuestros y torturas cometidos durante la dictadura en jurisdicción provincial. Pero fueron liberados porque se venció el plazo máximo legal previsto para la prisión preventiva. Bien vale preguntarse qué plazos pueden ser vencidos con 300 casos de secuestros y torturas encima, sobre todo cuando familiares y víctimas esperan hace casi 40 años justicia.

Declaraciones nada creíbles del secretario de Derechos Humanos

Claudio Avruj, secretario de Derechos Humanos de la Nación, solo a través de su cuenta de Twitter trató de brindar tranquilidad afirmando que “los juicios de lesa humanidad deben proseguir”, y aseguró que su gestión tiene “un férreo compromiso en la lucha contra la impunidad”. En ese sentido “lamentó” la liberación de los diez represores.

Además, Avruj, sostuvo que “es nuestra convicción y política de derechos humanos que los juicios de lesa humanidad deben proseguir y quienes sean culpables deben cumplir las condenas”.

Pero recordemos que quien esto declara había sido funcionario en esta misma área en el gobierno porteño, ahogó económicamente al Parque de la Memoria, donde funciona el monumento a las víctimas del terrorismo de Estado en Argentina entre 1976 y 1983.

Este mismo funcionario fue designado en 2013 al frente del Museo del Holocausto. Y el año pasado, el mismo Avruj cerró el Programa de Atención a las Víctimas de Delitos Sexuales, que dependía de su oficina, al tiempo que los trabajadores de la subsecretaría porteña de Derechos Humanos recibieron la noticia de que ninguno de los contratados por el organismo recibirá una actualización salarial.

Son realmente cínicas las declaraciones del actual secretario de Derechos Humanos, no sólo por lo que ocurrió bajo su gestión en la Subsecretaría porteña, también, porque el gobierno derechista del que él es parte designó a funcionarios de la dictadura y a otros que abiertamente defienden el último golpe cívico-militar. El mismo bloque del PRO votó en la Cámara de Diputados contra la creación de la Bicameral para investigar los crímenes de los empresarios que fueron parte imprescindibles del golpe cívico-militar.

Jueces y fiscales, afines a las ideas de Mauricio Macri (quien había declarado que bajo su gobierno pondría fin a “los curros” de los derechos humanos), se orientarán a impedir que avancen los juicios. El designado ministro de Justicia, Germán Garavano, de quien se sabe qué piensa sobre los juicios de lesa humanidad porque integra la organización FORES, que escribió el contrainforme del Nunca Más, donde defiende la actuación de los militares durante la última dictadura cívico-militar.

En estos 20 días de gobierno estas resoluciones dejan en evidencia que la política del gobierno coincide con un sector importante de la Justicia que intentarán avanzar en el camino de la impunidad.

Esta pelea será una de las banderas centrales de la resistencia en las calles para avanzar en condenar a todos los genocidas y empresarios responsables del golpe, muchos de cuyos socios y colaboradores hoy ocupan puestos claves en este gobierno.

A la vez que continuaremos luchando contra los ataques a las libertades democráticas, la represión que ya comenzó y que incrementarán para imponer los terribles planes de ajuste contra los trabajadores y los sectores populares.


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domingo, 24 de mayo de 2015

Chicha: "Buscate que me encontrás"

La fundadora de Abuelas de Plaza de Mayo volvió a publicar una carta en Facebook. A sus 92 años no descansa en su lucha por encontrar a la nieta que le robó la dictadura.

Por Redacción Diagonales

La abuela de Plaza de Mayo María Isabel "Chicha" Chorobick de Mariani sigue con la búsqueda de su nieta Clara Anahí Mariani, apropiada a los tres meses de vida durante la última dictadura cívico-militar, y publica en su Facebook fotos de su nuera, madre de la beba robada, para que la joven las mire y encuentre parecidos físicos.

"Buscate que me encontrarás tan pronto como quieras", ruega "Chicha" en su red social, junto a 4 fotos de la madre de su nieta, Diana Teruggi, quien fue asesinada en un operativo de fuerzas conjuntas en noviembre de 1976, tras querer proteger a la beba de la balacera que atacaba la vivienda que ocupaban, en la ciudad de La Plata.

A "Chicha" le gusta contar historias familiares a su nieta, aún cuando en esta oportunidad no la tenga sentada al lado. Con este objetivo tan caro a su corazón, a sus 92 años, Chicha no teme a la tecnología y utiliza a su favor las redes sociales sabedora del alcance que éste sistema tiene.
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Una de las fotos de Diana Teruggi que publicó Chicha

"Clara Anahí, mi querida nieta, espero que te lleguen estas líneas y así puedas ver algo de vos reflejado en ella. Diana, tu mamá, nació el 3 de diciembre de 1950 en la ciudad de La Plata. Ella te protegió, con su vida, hasta el momento antes de que las fuerzas armas te entregaran a otra familia para que te críe aquel 24 de noviembre de 1976", comienza a contar.

Le explica a esa nieta a la que no ve desde 1976: "Tenías tan solo 3 meses de edad. Por eso es que te pido que busques parecidos, hasta en tus fotos viejas… y te animes!".

Y prosigue: "Tu mamá medía un metro setenta, era delgada, tenía piel clara, cabello ondulado y castaño tirando a rubio, ojos color miel y una hermosísima sonrisa que desnudaba sus dientes muy blancos y parejos. Sus voz tenía una dulzura particular porque cuando hablaba se le patinaba un poco la 'ese'"..

Recuerda que "aunque, a raíz de su ímpetu juvenil, caminaba siempre apurada (en alusión a Diana Teruggi) y de un modo algo atolondrada, era realmente delicada".

"Quienes la conocieron comentan que Diana llamaba la atención por su `brillantez intelectual`, por ser “excelente alumna” y por sus vehementes `discursos de asambleas`”, rememora.

"Chicha" le expresa a su nieta que "el amor y esperanza" que tiene en su corazón es tan grande que espera llegue. "Búscate que me encontraras tan pronto como quieras. Te espero, te busco y te quiero mucho mi querida Clara Anahí".

El 24 de noviembre de 1976 la casa de Diana Teruggi y su esposo Daniel Mariani, ubicada en la calle 30 número 1134 de La Plata, fue atacada por las fuerzas represivas.

Diana fue acribillada por la espalda y cayó cubriendo con su cuerpo a su pequeña hija Clara Anahí, que fue secuestrada por los represores y hasta el momento no pudo ser recuperada.

Daniel Mariani no estaba en la propiedad al momento del ataque, pero fue asesinado en agosto de 1977.

En la casa, declarada sitio de mmoria, funcionaba una imprenta que publicaba la revista "Evita Montonera", desde donde se denunciaron por primera vez las desaparición de personas durante la última última dictadura militar, los denominados "vuelos de la muerte" y la existencia de centros clandestinos de detención.

La propiedad exhibe en su frente varios cientos de orificios de bala que impactaron durante el ataque de las fuerzas represivas y un enorme boquete provocado por un proyectil de tanqueta, que atravesó esa pared y otra del interior de la vivienda.

domingo, 21 de septiembre de 2014

La madre de Astiz está procesada por la apropiación de un menor

De tal astilla, tal palo
La Justicia de Mar del Plata elevó a juicio oral el expediente en el que está acusada María Elena Vázquez por retener a un menor, alterar su estado civil y entregarlo a una pareja. Aunque no se descarta, por ahora no se pudo determinar que sea hijo de desaparecidos.

 Por Alejandra Dandan

María Elena Vázquez es la madre del marino Alfredo Astiz, el Angel Rubio de la Escuela de Mecánica de la Armada. Estuvo casada con Alfredo Bernardo Astiz, también marino y ahora fallecido. A ella le decían Chichita. Vivieron en Mar del Plata entre las familias católicas. Los dos aparecen en una fotografía de 1978 que ahora está en manos de la Justicia. Es una foto tomada en las escalinatas de la parroquia de la Santísima Virgen de Mar del Plata, durante la celebración de un bautismo. Ellos están a la derecha de la imagen. No tienen lazos de sangre con ninguno de los integrantes de la familia que compone la foto. La familia sostiene a un niño, de un año de edad: el niño lleva como segundo nombre Alfredo.

La foto es una prueba clave en un expediente que acaba de ser elevado a juicio oral en Mar del Plata. El fiscal federal Pablo Larriera imputó a la madre de Alfredo Astiz por el delito de retención y ocultamiento de un menor de diez años; también por el de alterar el estado civil y el de falsedad ideológica. También imputó por esos mismos delitos a las personas que en la foto aparecen como supuestos padres del niño. Estos delitos son los mismos que suelen ser invocados en los casos de apropiación de hijos de desaparecidos, pero en este caso, y hasta ahora, la Justicia no pudo probar esa relación: los cruces de muestras con las familias de desaparecidos que constan en el Banco Nacional de Datos Genéticos dieron negativo. Aunque no descartan que eso pueda cambiar en el futuro, los investigadores tampoco descartan que el caso se encuadre en tráfico de niños, parte de la trama habitual sobreimpresa en muchos de aquellos casos del terrorismo de Estado.

El caso, por estos hechos, tiene aspectos jurídicamente novedosos no sólo por la combinación de nombres y de tramas. Sino también porque la persecución penal no está prescripta y todavía es posible porque la ley considera que el delito continúa vigente hasta que se lo hace “cesar”. Eso ocurrió en 2010, cuando el joven supo que no era hijo biológico de quienes hasta ese momento aparecían como sus padres.

“El matrimonio Capelli-Orellano crió a dicha criatura como hijo biológico y mantuvo oculto el verdadero origen hasta el conocimiento que, a partir de la presente causa, se tuvo sobre ello al obtenerse en el mes de agosto de 2010 el resultado del cotejo de ADN con las muestras hemáticas obtenidas”, dice la resolución y agrega: “Como se expresó al comienzo de este dictamen, se desconoce a la fecha la verdadera identidad de esta persona, no pudiendo descartarse atento las diversas pautas detectadas en el sumario que el mismo pueda resultar hijo biológico de personas desaparecidas”.

Los imputados son tres. Además de la madre de Astiz, está acusado el matrimonio compuesto por Carmen Angela Orellano y Mario Guido Capelli. La pareja es muy humilde. Aparentemente no podía tener hijos. Capelli había hecho trabajos de albañilería para los Astiz. Orellano hacía trabajos de limpieza. Ambos vivían como caseros en una casa de la calle Aristóbulo del Valle, en Mar del Plata.

Según los datos probados por la fiscalía, entre 1976 y 1977 María Elena Vázquez les ofreció un bebé que supuestamente era de una empleada doméstica de su casa, que no lo quería. Vázquez llevó adelante la gestión por sí misma, según dijeron los Capelli-Orellano en la causa. Y los vio al menos dos veces para concretar y coordinar la entrega del niño. La primera vez les dijo que el embarazo llevaba cinco meses y se comprometió a avisarles un mes antes del parto. Cuando llegó ese momento, volvió a verlos, esta vez en la vereda de la calle Aristóbulo del Valle. Les dijo que el niño estaba por nacer, que la madre seguía con intención de entregarlo y les pidió sus datos personales para el certificado de nacimiento.

“El 9 de marzo de 1977 los llamó por teléfono la partera llamada Armonía Rosenthal, encargada además de hacer el certificado de nacimiento. Llamó a la casa del tío de Capelli, un hombre llamado Pedro Trinarolo. Les dijo que el niño ya había nacido. Así, Orellano concurrió a una casa ubicada en la calle Balcarce 3966, eran alrededor de las nueve de la mañana. Ella estaba con una prima, Clelia Maria Trinarolli. En la casa las recibió una joven. Le preguntó si era ella, la hizo pasar y le dijo que esperara a la partera. Unos diez minutos después –dice la resolución– apareció la partera, una señora de mediana estatura, con un delantal de mucama atado atrás, de unos cuarenta años, de pelo negro y tez mate, quien tenía aspecto de ama de llaves, y les entregó el bebé y un papel con anotaciones donde estaba la fecha y hora de nacimiento, que había sido la noche anterior. La constancia tenía un sello y figuraban como padres Orellano y su esposo. Le solicitó los datos de su esposo, ya que los suyos ya estaban incorporados y le dijo que lo inscribiera a su nombre.”

El 14 o 15 de marzo de 1977, Capelli fue al Registro de las Personas de Mar del Plata. Presentó el supuesto certificado de nacimiento ante una persona de esa dependencia. El niño quedó inscripto con los datos falsos: que nació el 9 de marzo de 1977 en la calle Balcarce 3966, que el parto fue constatado por la partera Armonía B. de Rosenthal y que los padres biológicos eran Carmen Angela Orellano y Mario Guido Capelli.

Durante años, la madre de Astiz negó todo vínculo con este caso. Siempre dijo que no conocía a esta pareja. Los Orellano-Capelli para defenderse siempre dijeron que ella se los había propuesto. Y consiguieron la foto. Por eso, hoy la foto es una prueba valiosa de la causa porque a partir de ese momento la madre de Astiz no pudo negar el vínculo con ellos.

El caso empezó a ser investigado en 2006, a partir de una denuncia que recibió Abuelas de Plaza de Mayo de Mar del Plata. La denuncia la presentó Mónica Roldán, hermana Omar Tristán Roldán, secuestrado en septiembre de 1976 con su pareja Delia Elena Garaguso, que estaba embarazada de tres meses. En la denuncia, Mónica pidió que investiguen el origen del niño y a los padres de Astiz.

viernes, 8 de febrero de 2013

Revocan arresto domiciliario al apropiador Carlos del Señor Hidalgo Garzon

Otro represor que salía a pasear

El ex miembro del Batallón de Inteligencia 601 estaba bajo arresto domiciliario en un geriátrico, pero Catalina de Sanctis Ovando, la hija de desaparecidos que se apropió, lo vio andando en bicicleta.

El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata revocó la prisión domiciliaria del represor y apropiador Carlos del Señor Hidalgo Garzón. El oficial de Inteligencia del Ejército gozaba de ese beneficio en un geriátrico de Belgrano, pero paseaba por las bicisendas porteñas, donde lo vio en dos oportunidades Catalina de Sanctis Ovando, la hija de desaparecidos que crió como hija propia y que hoy es querellante contra su apropiador. Tras la denuncia de Abuelas de Plaza de Mayo, el tribunal platense ordenó su traslado al hospital del Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza. “Siento alivio, tranquilidad”, explicó Catalina a Página/12, y consideró “indignante” la decisión de los jueces que conceden automáticamente el beneficio del arresto hogareño a imputados por crímenes de lesa humanidad.

Ex miembro del Batallón de Inteligencia 601, Garzón fue procesado por el juez federal Manuel Blanco por secuestros y tormentos contra 127 personas en La Plata. El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín, en tanto, lo juzga desde agosto por la apropiación de la hija de Myriam Ovando y Raúl de Sanctis, ambos desaparecidos y padres de Catalina, que figura como nacida en el Hospital Militar de Campo de Mayo. En la causa por la apropiación, Garzón fue excarcelado, beneficio que le concedió el juez federal Ariel Lijo, y en la causa platense goza del beneficio de arresto domiciliario, que ordenó Blanco antes de elevar la causa.

Catalina, que recuperó la identidad en 2008, se cruzó a su apropiador el miércoles 16 de enero, mientras Hidalgo Garzón pedaleaba por la bicisenda que bordea al hipódromo de Palermo, en Libertador y Ortega y Gasset. “Yo paseaba a mi perra, iba distraída, y cuando levanto la vista para cruzar la bicisenda veo su rostro a pocos metros. Me vio, nos miramos, y aceleró, siguió de largo. Yo me quedé helada”, relató a Página/12. Cuatro días después, el domingo 20, volvió a verlo en el mismo lugar. “Yo llevaba el celular por si lo veía, pero estaba convencida de que no iba a suceder, porque él me había visto. Lo vi en el mismo lugar pero por la calle, y no me vio”, agregó ante la consulta.

Abuelas y el fiscal Gerardo Fernández denunciaron la violación del beneficio y pidieron su revocatoria. Ayer llegó el pronunciamiento judicial. El tribunal que preside Carlos Rozansky e integran Pablo Jantus y Pablo Vega se hizo eco del pedido y consideró que “no existe razón legal alguna para que Hidalgo Garzón esté gozando el beneficio otorgado”. Rozansky destacó “la negligencia con que se manejó” el juez Blanco, dado que ni adentro ni afuera de la casona donde funciona la Residencia Geriátrica Belgrano había personal de seguridad. “Es evidente que un detenido acusado de graves crímenes y con diagnóstico psiquiátrico no puede estar alojado en un lugar como el descripto”, sostuvo, y apuntó que “se encuentra en juego tanto la seguridad de las ancianas que deambulan por la casona” como del personal. Ante los “rasgos psicopáticos y de simulación detectados en el procesado, la imagen del geriátrico resulta verdaderamente bizarra”, agregó, y señaló el “doble estándar” del juez al considerar “impensable que en causas por delitos comunes ordene el traslado de un procesado con prisión preventiva imputado de más de 200 delitos y con informes psiquiátricos a un geriátrico con ancianas y sin limitaciones ni restricciones de movilidad, ni seguridad o contención”.

“Siento alivio, tranquilidad, pero (la revocatoria) es algo que tendría que haber sucedido hace tiempo”, consideró De Sanctis Ovando, que vive a pocas cuadras del geriátrico. “Para mí era inexplicable que no estuviera preso. Cuando me sumé a la querella de Abuelas le pedimos al juez Lijo que reviera esa medida porque yo estaba intranquila, recibía llamados, cartas amenazantes, agresivas hacia mí y mi marido, pero no se modificó su situación”, recordó. “Es indignante que quienes tienen en sus manos la responsabilidad de tomar decisiones no puedan ver algo tan claro: el beneficio del arresto domiciliario no debe ser automático, deben rever la situación de cada uno, los medios que tienen, porque están viejitos y pobrecitos cuando lo piden, pero son súper piolas para escaparse. Y cometieron crímenes aberrantes”, recordó.

martes, 14 de agosto de 2012

Ordenan realización de ADN a presunta hija de presa política

Además, la Justicia estableció, en la causa “Moreno, María de las Mercedes”, que los delitos cometidos de supresión de estado civil e identidad son delitos de lesa humanidad y corresponde la investigación a la Justicia Federal.

También la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba ordenó que la causa “Moreno, María de las Mercedes” se acumule con la caratulada “Martella”, en la que se investiga la comisión de delitos de privación ilegítima de la libertad y de torturas en contra de María de las Mercedes Moreno (madre de la menor presuntamente sustraída).

Por ello, se instruyó la determinación de la filiación biológica entre Moreno y su supuesta hija, a través de un examen de ADN.

Según la acusación, el día 26 de septiembre de 1978, personal policial de la Dirección General de Inteligencia (D2) de la Policía de Córdoba, detuvo a María de las Mercedes Moreno, quien se encontraba embarazada y la trasladó al Centro Clandestino de Detención D2, ubicado en Mariano Moreno N° 220.

El 11 de octubre de 1978, Moreno fue trasladada a la Maternidad Provincial para que ese mismo día diera a luz a una niña, la cual el 1 de diciembre de 1978 fue llevada a la Casa Cuna por orden del Juzgado de Menores de Primera Nominación de Córdoba, dado que, según este órgano judicial, al tiempo de su alta -10 de noviembre de 1978- los padres de la misma –Moreno y Oviedo (f)- se encontraban detenidos.

La niña en ese tiempo no fue anotada en el Registro de las personas por lo que era identificada como “la chiquita Moreno”.

Al año siguiente, el 27 de septiembre de 1979, el titular del Juzgado de Menores de Primera Nominación ordenó la salida de la niña de la Casa Cuna y le habría otorgado la guarda judicial con fines de adopción a un matrimonio, quienes habrían inscripto a la niña en el Registro Civil.

Mientras tanto, después de haber dado a luz a la bebé, la madre biológica de ésta fue trasladada al D2. Luego, María de las Mercedes Moreno fue alojada en el Establecimiento Penitenciario provincial Buen Pastor y recobró su libertad el 6 de abril de 1979.

Una vez en libertad, la denunciante junto a dos de sus hermanas concurrió a la Casa Cuna a fin de retirar a la niña, lo que fue impedido por una monja que prestaba funciones en dicha entidad.

Finalmente, no obstante los trámites de guarda efectuados en el Juzgado de Menores, el 19 de diciembre de 1980 el matrimonio que tenía la guarda de la niña habría procurado inscribir a la niña como hija biológica. Para dicho fin, habrían presentado un certificado médico Vicente Antonio Spitale, el cual habría certificado que el 11 de octubre de 1980 atendió a la madre adoptiva en un parto natural, por el cual dio a luz a una criatura de sexo femenino. Por último, el 26 de diciembre de 1980 la supuesta madre habría inscripto a la menor en cuestión como su hija biológica.

lunes, 9 de julio de 2012

Hubo condenas... pero ¿hubo justicia?


Cincuenta años de condena provoca un impacto indudable; da para alegrías, para comparaciones, da lugar a la referencia especialmente en países que se niega como España –todavía- la posibilidad tan siquiera de investigar… cincuenta años para el genocida Videla y los restantes acusados con condenas menores, aún cuando todos y cada uno de ellos fueron partícipes y ejecutores directos en diversos niveles en la apropiación de menores, la mayoría de ellos nacidos en centros clandestinos de detención durante el cautiverio de sus madres, y en el asesinato posterior de ellas.

La impunidad impuesta  y sustentada por los gobiernos post dictatoriales, ha permitido que se perpetraran y acumularan más delitos contra esos entonces bebés y que hoy rondan la treintena, además de la anulación y sustitución de identidad, en muchos casos, hay que incorporar el maltrato y el abuso… un cúmulo de perversiones para “evitar que se criaran en un ambiente hostil al régimen impuesto”  (Reglamento de las FFAA 1976)

Dada la importancia y trascendencia de este juicio, y de la que debería abarcar, es obligado señalar dos cuestiones impostergables, la primera de ellas, la calificación de los delitos y las penas, que hace al momento judicial transitado, y la segunda, la posibilidad concreta de justicia.

Los apropiadores y ejecutores del plan sistemático en unca juicio de casi un año y medio, han merecido condenas desde un abanico de 50 años a absoluciones.
Este insólito escalafón condenatorio evidencia una vez más, la fragmentación inusitada de los juicios, y la negación por parte de elementos conservadores –y no tanto- del poder judicial y en el ámbito político, que lo instaurado en Argentina por los militares y sus cómplices civiles, fue un genocidio.
El delito más tremendo e innombrable, que comenten los Estados terroristas y que aún cuando se repita una y otra vez, queda sin embargo, "desaparecido” para la mayoría de los tribunales y también de las querellas. El aberrante delito de genocidio abarca:
- matanza de miembros del grupo;
- lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
- sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear la destrucción física, total o parcial;
- medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo;
- traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Todo ello con la intencionalidad, con la sistematización de la ejecución, y se habla de un grupo nacional, étnico, racial o religioso...

Todos y cada uno de los elementos definitorios señalados los encontramos en los juicios que se parcializan, que se reducen a un número mínimo de casos, causas fragmentadas que generan, por un lado la dilación temporal, dónde van muriendo represores, pero también las víctimas, y dan como resultado entonces que injustamente habrá casos que nunca serán mencionados ni siquiera en esta parcialidad, estarán tan desaparecidos como hasta ahora. Sin olvidar la revictimización de los testigos que tienen que declarar una y otra vez ante diferentes o los mismos represores y asesinos.
La declaración sobre que las conductas investigadas y enjuiciadas, fueron genocidas, violatorias de la Convención sobre Prevención y Sanción del Delito de Genocidio concurren ya en varias sentencias que han contemplado la aplicación de la Convención, ya que está previsto desde 1956 en la legislación argentina, fecha de vigencia en la República Argentina del tratado contra el Genocidio. Esto en cuanto a la acción, tipicidad y la culpabilidad de este delito, por lo que resulta coherente solicitar la calificación de genocidio. Respecto a la punibilidad del mismo, la sumatoria de condenas establecidas por los crímenes de eliminación de personas (con devolución de cuerpos o robo de cuerpos), secuestro, tormentos y torturas, violación, robo de menores... Tan contundentes la pruebas como contundentes deben ser las condenas, prisión perpetua en cárcel común, continuando en la jurisprudencia asentada en los emblemáticos juicios contra Miguel Etchekolatz y Von Wernich.  
Hay pruebas tan concluyentes del genocidio y que el desvío de la tipificación a homicidio y/o desaparición forzada de personas, origina situaciones tales como que el mismo día que se condenaba Videla a 50 años, se castigaba también a un individuo a 45 años de reclusión por homicidio en ocasión de robo. Bignone fue condenado a 18 años hasta llegar a dos absoluciones y otras condenas, ciertamente, nada ejemplares. Habrá que recordar siempre que como General en Jefe, Videla en su defensa, sostuvo que los niños fueron robados "unos con la mejor voluntad para darle un buen hogar a los hijos de terroristas, otros para venderlos".
En este proceso judicial, se ha dictaminado las prácticas sistemáticas, y no el plan sistemático elaborado y aplicado para alcanzar la cifra de 500. Queda, asimismo,  irresuelta la colaboración de la jerarquía católica, tan afín a los planes exterminadores, la complicidad de jueces, fiscales, médicos y todos los que participaron para la implementación de este plan sistemático.
Cincuenta años provoca un impacto indudable, pero un desgarro indudable produce el hecho que se considera a una apropiadora como una víctima, o que se hayan excluido casos con sobrados elementos de prueba.
De los 35 casos que se consideraron en este juicio, 28 personas recuperaron su identidad. De los casi 500 casos de menores apropiados, a 105 se les ha podido restituir la identidad. Faltan 400…  
Y este número de personas que andan por ahí no siendo quiénes son, es el segundo punto que surge como consecuencia de la conclusión del juicio por el robo de menores. Y los 400 que faltan ¿dónde y cómo van a dilucidarse? En 1976 se inició la pesadilla del terror, en 1983 comenzó un proceso democrático, en 1987 se establecieron las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, en 1991, se otorgó el indulto a los jerarcas genocidas, en 1996 se inician los juicios en España, en 2003 se anulan las leyes exculpatorias, desde el 18 de septiembre de 2006 Jorge Julio López continúa desaparecido, en marzo de 2010 fue asesinada en sospechas circunstancias, Silvia Suppo...
Ya es el tiempo de deconstruir la impunidad, es tiempo que decrezca la magnitud del horror y la naturalidad de su absorción social explicitada en aplausos y festejos. Para la alegría colectiva es imprescindible la memoria colectiva, y en ese fallo judicial, no estaban los 400, no estaban.
La simbología de un cuadro descolgado no consuela por Ana María Lanzillotto, por Liliana Delfino, ni por todas las muchachas parturientas que no entraron en el fallo de la "historia"; no consuela porque no repara el dolor de Juliana García ni de Victoria Ruiz Dameri, ni de Virginia Ogando, ni por Fernando ni María Eugenia Amestoy.... no repara, no repara.
Deconstruir la impunidad es ya sin dilación alguna, la apertura de los archivos de la dictadura, que son el códice maldito de la verdad del paradero de los 400 y de los 30.000 que nos faltan: Este es el segundo punto irrenunciable.
Delito de genocidio, condenas de prisión perpetua para los ejecutores y cómplices y, apertura de los archivos de la dictadura.
Los símbolos son la representación perceptible de ideas.
Ya es tiempo de la presentación palpable de la verdad y de la justicia.
Andrea Benites-Dumont   - 9/07/2012 (AEDD, Casapueblos)