viernes, 30 de diciembre de 2016

Inauditos sobreseimientos en la causa por la apropiación de Manuel Gonçalves

Repudiaron el sobreseimiento de un juez y funcionarios judiciales comprometidos en el robo de bebés. 

La Cámara de Casación Penal dictó el sobreseimiento del exjuez de Menores de San Nicolás, Juan Carlos Marchetti, quien está investigado por la apropiación ilegal del nieto recuperado Manuel Gonçalves Granada, hijo de Ana María Granada y Gastón Gonçalves, ambos asesinados durante la última dictadura militar. La causa fue impulsada por el propio Manuel en 2004, pero Marchetti nunca fue citado a declarar. Además, el fallo también favorece al exasesor de Menores Juan Carlos Magni, y dos funcionarios del juzgado de Lomas de Zamora, Juan Delfín Castro y Francisco García Cortina, donde concluyeron los trámites de adopción. Abuelas de Plaza de Mayo emitió un comunicado advirtiendo que "significan un retroceso en el juzgamiento de la complicidad judicial en los delitos de la última dictadura".

El 19 de noviembre de 1976 un centenar de militares y policías federales y bonaerenses rodearon la casa donde vivía Ana María con Manuel, de seis meses, y con otra pareja: los Amestoy, que tenían dos hijos de 5 y 3 años. Todos fueron asesinados en el denominado operativo Juan B Justo, excepto Manuel, quien había sido escondido por su madre en un armario, con documentos falsos.

El fallo que confirma el sobreseimiento de los investigados por la responsabilidad civil de la apropiación lleva el voto de los camaristas Eduardo Riggi y Mariano Borinsky, mientras que Gustavo Hornos lo hizo en disidencia. El argumento para liberar de culpa a Marchetti y al resto de los exfuncionarios  es que Ana María alteró la identidad de su hijo y, según los jueces, Marchetti se preocupó por la salud y el bienestar del niño, pero ignoraba que no era de apellido "Valdez", y las averiguaciones que se le reclama no haber hecho no le eran exigibles por su competencia como juez de Menores.

Según denunció Abuelas, Marchetti tenía conocimiento de la búsqueda de Manuel por parte del organismo de derechos humanos, ya que en 1978, representantes de la asociación visitaron su juzgado y mandaron cartas contando lo que pasaba con los niños. Y asegura que el exjuez de Menores sabía que Gonçalves había sido llevado a su juzgado luego del operativo en el que asesinaron a su madre y a la familia Amestoy, "por lo que podía perfectamente relacionar nuestras denuncias con su caso, pero no hizo nada".

Sin embargo, en su fallo Riggi sostiene que "con la alteración de la identidad del niño ya producida, ninguna posibilidad razonable tuvo Marchetti de conocer oportuna y debidamente la real filiación del menor y, por añadidura, de orientar lo actuado a ubicar a sus verdaderos parientes. Y sin duda también resultó víctima de aquella circunstancia".

Abuelas relató que el bebé quedó en manos de personal del Área de Inteligencia 132, y fue mantenido solo y con custodia policial durante cuatro meses en una sala del hospital San Felipe. Mientras que "sin buscar a sus familiares, Marchetti lo dio en adopción a una familia de otra localidad de la provincia de Buenos Aires", por lo que Manuel creció como Claudio Novoa hasta los 19 años, cuando recuperó su identidad.

En 2004, con la anulación de las leyes de impunidad, Manuel impulsó la causa por la masacre en la que fue asesinada su madre y por su apropiación ilegítima. La causa por la masacre avanzó, Manuel declaró como único sobreviviente y aseguró: “Cuando me encontré con esta historia, supe que no sólo mis padres no me habían abandonado sino que mi mamá me había salvado la vida”.

El juicio por la masacre finalizó en 2012 con las condenas a prisión perpetua contra Manuel Fernando Saint Amant, Federico Bossie y Jorge Muñoz, por los crímenes de lesa humanidad cometidos. Justamente Saint Amat fue quien dio la indicación de llevar a Manuel al hospital de San Nicolás aquel 19 de noviembre de 1976, por lo que tomó intervención al Juzgado de Menores y recayó en Marchetti, que dio en adopción al bebé en guarda a una pareja conocida, Luis Avelino Novoa y Elena Yolanda Rodríguez.

De todas formas, el fallo de Casación sostuvo  que a Marchetti no le es atribuible “el delito previo que había cometido la madre del niño al alterarle su identidad".