Un beneficio que se deshizo
Alfonso está acusado de haber participado en el operativo en el que se asesinó a Antonio Domingo García y se secuestró embarazada a su mujer, Beatriz Recchia. “Esperamos que en forma expeditiva se detenga y se procese al represor”, dijeron las Abuelas.
Al ex secretario general del Ejército Eduardo Alfonso se le complicó el frente judicial. La Cámara de Casación ordenó revocar el sobreseimiento que le había dictado la Cámara Federal de San Martín. Alfonso está acusado de haber participado en el operativo en el que se asesinó a Antonio Domingo García y se secuestró embarazada a su mujer, Beatriz Recchia. La prueba que compromete al militar está en su propio legajo.
La información institucional del Ejército permitió establecer sin lugar a dudas que Alfonso participó del operativo en la casa de la familia García Recchia: fue condecorado por eso. Pero una vez citado a declarar, intentó negarlo. El juez Alberto Suares Araujo no le creyó y lo procesó. Los jueces de la Cámara Federal de San Martín Jorge Eduardo Barral y Hugo Rodolfo Fossati tampoco le creyeron, pero lo liberaron. Los magistrados sostuvieron que “no puede afirmarse fechacientemente” que Alfonso “conociera la finalidad del grupo operativo” y que a consecuencia del disparo que recibió “se impone aceptar que no habría llegado a participar de ninguno de los hechos que podrían considerarse delictivos”.
“Desde la perspectiva de la lógica, no se advierte que de la referida intervención en el hecho de ‘personal vestido de combate’, ‘en móviles identificables y al mando de sus superiores’, pueda derivarse como conclusión necesaria el desconocimiento de la ilegitimidad del procedimiento por parte del encausado”, dijeron los jueces de Casación.
“Lo que surge de la sentencia –agregaron– es que se llega a una conclusión a la que se le asigna carácter dirimente (esto es, que el encartado no conocía la ilegitimidad del procedimiento), omitiendo evaluar otras circunstancias fácticas que –más allá de que en esta instancia no se abra juicio respecto de si acaecieron como se dice–, la propia Cámara a quo tiene por ciertas, lo que consecuentemente invalida el razonamiento.”
La jueza federal de San Martín Alicia Vence debe ahora revisar “con la celeridad y resguardos que el caso impone” la situación de Alfonso y lo mismo ocurrirá con la Sala I de la Cámara Federal de San Martín. Estimamos que los jueces de esa sala, que con su decisión consagraron una obediencia debida de facto, no continuarán interviniendo en la causa contra este represor. Y esperamos que en forma expeditiva se detenga y se procese al represor, conforme la prueba recolectada durante la investigación”, señalaron las Abuelas de Plaza de Mayo.
Alfonso está acusado de haber participado en el operativo en el que se asesinó a Antonio Domingo García y se secuestró embarazada a su mujer, Beatriz Recchia. “Esperamos que en forma expeditiva se detenga y se procese al represor”, dijeron las Abuelas.
Al ex secretario general del Ejército Eduardo Alfonso se le complicó el frente judicial. La Cámara de Casación ordenó revocar el sobreseimiento que le había dictado la Cámara Federal de San Martín. Alfonso está acusado de haber participado en el operativo en el que se asesinó a Antonio Domingo García y se secuestró embarazada a su mujer, Beatriz Recchia. La prueba que compromete al militar está en su propio legajo.
La información institucional del Ejército permitió establecer sin lugar a dudas que Alfonso participó del operativo en la casa de la familia García Recchia: fue condecorado por eso. Pero una vez citado a declarar, intentó negarlo. El juez Alberto Suares Araujo no le creyó y lo procesó. Los jueces de la Cámara Federal de San Martín Jorge Eduardo Barral y Hugo Rodolfo Fossati tampoco le creyeron, pero lo liberaron. Los magistrados sostuvieron que “no puede afirmarse fechacientemente” que Alfonso “conociera la finalidad del grupo operativo” y que a consecuencia del disparo que recibió “se impone aceptar que no habría llegado a participar de ninguno de los hechos que podrían considerarse delictivos”.
“Desde la perspectiva de la lógica, no se advierte que de la referida intervención en el hecho de ‘personal vestido de combate’, ‘en móviles identificables y al mando de sus superiores’, pueda derivarse como conclusión necesaria el desconocimiento de la ilegitimidad del procedimiento por parte del encausado”, dijeron los jueces de Casación.
“Lo que surge de la sentencia –agregaron– es que se llega a una conclusión a la que se le asigna carácter dirimente (esto es, que el encartado no conocía la ilegitimidad del procedimiento), omitiendo evaluar otras circunstancias fácticas que –más allá de que en esta instancia no se abra juicio respecto de si acaecieron como se dice–, la propia Cámara a quo tiene por ciertas, lo que consecuentemente invalida el razonamiento.”
La jueza federal de San Martín Alicia Vence debe ahora revisar “con la celeridad y resguardos que el caso impone” la situación de Alfonso y lo mismo ocurrirá con la Sala I de la Cámara Federal de San Martín. Estimamos que los jueces de esa sala, que con su decisión consagraron una obediencia debida de facto, no continuarán interviniendo en la causa contra este represor. Y esperamos que en forma expeditiva se detenga y se procese al represor, conforme la prueba recolectada durante la investigación”, señalaron las Abuelas de Plaza de Mayo.
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