David Vainstub y Jorge Eduardo Rossi, propietarios del Instituto Privado de Pediatría, fueron procesados por la Cámara Federal de Apelaciones por su responsabilidad en la sustracción y sustitución de identidad de los mellizos de Raquel Negro y Tucho Valenzuela, indicaron fuentes tribunalicias a Página Judicial. Los médicos no serán detenidos pero quedaron muy cerca del juicio oral. En la misma causa ya estaba procesado Miguel Alberto Torrealday.
Juan Cruz Varela - De la Redacción de Página Judicial
La Cámara Federal de Apelaciones lo hizo de nuevo: revocó la falta de mérito y decretó el procesamiento de los médicos David Vainstub y Jorge Eduardo Rossi, en la causa donde se investiga la sustracción y sustitución de identidad de los mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela, nacidos en el Hospital Militar de Paraná en marzo de 1978.
Los jueces Daniel Alonso, Mateo Busaniche y Cintia Gómez resolvieron, en forma unánime, hacer lugar a los recursos de apelación interpuestos por los fiscales y querellantes, y no solo revocaron la falta de mérito dispuesta por el juez federal Leandro Ríos, sino que dictaron el procesamiento de los médicos, al igual que lo mismo habían resuelto respecto de Miguel Torrealday.
Vainstub y Rossi están acusados por permitir el ingreso y permanencia de los mellizos en la sala de neonatología del Instituto Privado de Pediatría (IPP), donde estuvieron internados con nombre falso (Soledad López) la niña y sin nombre (NN López) el varón. Según los registros de la propia clínica privada, los mellizos fueron derivados del Hospital Militar. La nena ingresó el 4 de marzo y el varón, el 10 de marzo de 1978. También se les atribuye haberles dado el alta médica, autorizar su egreso administrativo y entrega a personas que no eran familiares ni ostentaban ningún poder legal sobre ellos sin dar aviso a un Juzgado de Menores.
El tribunal consideró que “la existencia de éstos delitos aparece prima facie incontrastable y la prueba más acabada de ello resulta ser Sabrina Gullino”, quien que recuperó su identidad en diciembre de 2008, e hizo hincapié en que “se desconoce hasta el día de la fecha el destino sufrido por el varón”.
El fallo –al que accedió Página Judicial– enumera una serie de certezas que, a criterio del tribunal, sostienen la responsabilidad de los médicos y destaca que “no existe constancia alguna de la identidad del médico tratante, de la participación en la internación de familiares de los menores ni que las autoridades del IPP hubieren otorgado intervención a la Justicia de Menores (…) tratándose de sujetos que por su edad carecían de cualquier posibilidad de autodefensa”, en referencia a los recién nacidos.
“Es justamente este cúmulo de irregularidades en el trámite de ingreso, permanencia y egreso de los menores del establecimiento médico en cuestión, lo que forma el cuadro que presenta las notas de probabilidad que ésta instancia requiere para mutar la resolución de falta de mérito a una resolución de signo incriminador positivo respecto de Vainstub y Rossi”, escribió el juez Alonso en su voto –al que adhirieron Busaniche y Gómez–.
La Cámara Federal reafirma que “los hijos de la desaparecida Raquel Negro fueron sustraídos de su esfera de custodia inmediatamente después del alumbramiento” y “a partir de ese momento fueron retenidos, ocultados de su madre y familiares y, asimismo, sus identidades se hicieron inciertas producto de esta misma sustracción”. En la misma línea, se deja en claro que “esta situación se mantiene respecto de uno de los bebés, el varón, cuyo paradero hasta la fecha resulta ser incierto”, es decir, el delito se sigue cometiendo.
La responsabilidad de los médicos del IPP había surgido durante el juicio celebrado en 2011, en el que fueron condenados los integrantes de la patota del Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario. Allí se probó que los mellizos nacieron en el Hospital Militar y fueron derivados al IPP e incluso las enfermeras que atendieron a los mellizos recordaron que “en aquella época ellos también hacían guardia”, en referencia a Torrealday, Rossi, Vainstub y Luis Ángel Schroeder (fallecido), y que “los cuatro eran directores, ninguno figuraba como jefe, aunque probablemente lo haya sido Torrealday en los hechos”, como lo hizo notar el Tribunal Oral Federal en la sentencia.
El tribunal de juicio también hizo hincapié en la “desmemoria” de los médicos, algo que calificó de “inexplicable porque fueron momentos históricos impactantes para todos los argentinos” y porque “como profesionales tienen mayor responsabilidad frente a sus pacientes y familiares por su juramento hipocrático”; en contraposición con la actitud que tuvieron las enfermeras, que “registraron con mayor enjundia” y “compromiso” el paso de los mellizos por el IPP.
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